¡Triunfo del pueblo! SCJN valida recorte a prerrogativas de partidos políticos en Veracruz: Gómez Cazarín

– La medida será aplicable para el proceso electoral de 2023; se destinarán alrededor de 500 millones de pesos a necesidades apremiantes del estado, enfatizó

Xalapa, Veracruz, 1 de septiembre de 2022.- El diputado local Juan Javier Gómez Cazarín celebró el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el que se valida, para el proceso electoral de 2023, el recorte del 50 por ciento a las prerrogativas que los partidos políticos reciben en Veracruz, desechando -por improcedentes- los recursos presentados por las dirigencias de Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Revolución Democrática, Verde Ecologista, y del Trabajo.

“Éste es un triunfo del pueblo y para el pueblo, que siempre ha demandado frenar el alto financiamiento público que reciben los partidos políticos en Veracruz y en México. Ahora esos recursos se destinarán en obras para beneficio de las comunidades”, enfatizó.

Gómez Cazarín compartió en sus redes sociales el boletín de la Suprema Corte de Justicia, en el que se valida la modificación a la fórmula para determinar el monto del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales en el estado.

En dicho documento público, el máximo órgano jurisdiccional del país declaró infundadas las impugnaciones de los partidos políticos en mención, al determinar que el precepto no es susceptible de afectar derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas, por lo que no era necesario consultarles de manera previa a la reforma.

De igual forma, desechó el argumento de que la reforma al artículo 50, apartado A, fracción I, del Código Electoral del Estado, no violó la veda electoral prevista en el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución General del Estado, ya que ésta se aplicará hasta el proceso electoral 2023.

También determinó que la reducción en el monto del financiamiento de los partidos políticos nacionales no es inconstitucional, pues como se ha establecido en diversos precedentes, las entidades federativas tienen libertad de configuración en ese ámbito, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la Constitución Federal y la Ley General de Partidos Políticos.

El documento también cita que la disposición no viola el principio de irretroactividad de la ley, pues no afecta a los partidos políticos creados previamente a la reforma, además de que la determinación del monto de financiamiento público para actividades ordinarias de los partidos políticos no es un derecho adquirido.

Cabe recordar que el pasado 17 de diciembre de 2021 se sometió a votación el dictamen de la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales por el cual se avaló la propuesta del Ejecutivo estatal, del 11 de noviembre de dicho año, por el cual se establecía que el financiamiento para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijaría anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral estatal a la fecha de corte de julio de cada año, por el 32.5 por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Este dictamen fue aprobado con 31 votos de legisladoras, legisladores y diputade, quienes avalaron destinar alrededor de 500 millones de pesos, que dejarán de percibir los partidos políticos en lo que resta del sexenio, para reforzar las necesidades más apremiantes de la sociedad veracruzana, en materias como educación, salud, fuentes de trabajo, seguridad e infraestructura de comunicación, entre otras.

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